El pasado martes, 19 de mayo, el Boletín Oficial de Cantabria publicó la convocatoria de subvenciones de la Consejería de Cultura, a través de la Dirección General de Acción Cultural, para la producción y edición audiovisual. El objetivo de estas ayudas, con un dotación de 90.000 euros, es impulsar la creación en nuestra región dados los beneficios que ello comporta para la difusión de la imagen de Cantabria.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de la presente convocatoria las personas físicas o jurídicas privadas que tengan su domicilio fiscal en Cantabria y que cumplan con los requisitos establecidos para cada modalidad. Cada interesado podrá solicitar subvención para un máximo de dos proyectos, en cada una de las modalidades, en cuyo caso deberá presentar solicitudes distintas para cada uno de los proyectos.
Los proyectos que se desarrollen en 2020 y que se presenten a esta convocatoria, tanto para profesionales como para aficionados (ficción, animación, documental, videoarte...), deberán ser originales e inéditos, no habrán sido difundidos por ningún medio de comunicación masivo -tales como televisión, radio e internet-, y tendrán una duración mínima de cinco minutos y máxima de 30 minutos, créditos incluidos.
Las ayudas a la producción y edición de cortometrajes y videoarte por profesionales repartirá una cuantía máxima de 70.000 euros, mientras que las destinadas a la producción y edición musical y audiovisual por aficionados alcanzarán hasta 20.000 euros. En ambos casos, el plazo de presentación de solicitudes se prolongará durante 15 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Para la toma en consideración de las propuestas se valorarán la calidad y originalidad de las mismas, la adecuación del proyecto a la previsión presupuestaria, el plan de financiación y la trayectoria del solicitante en base al número, calidad y originalidad de los trabajos realizados en los dos últimos años. AQUI, AQUI y AQUI se pueden consultar tanto la publicación de la orden como las bases y el anexo respectivamente.